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Mala atención de parto:



Foto Ilustrativa

Es el caso de una mujer de 29 años, embarazada de nueve meses, con antecedentes de tres abortos espontáneos a los dos meses de gestación, por lo cual era de suma importancia el cuidado de la misma al momento del nacimiento ya que era el primer embarazo llegado a término de la paciente.

En fecha de parto la paciente rompió bolsa estando en su lugar de trabajo y comenzó con contracciones, ante lo cual se dirigió inmediatamente al Hospital.

Al ingresar al sector de maternidad del nosocomio la obstetra que la recibió comprobó la pérdida de líquido y rotura de bolsa, constatando los signos vitales del bebé que estaba en buen estado.

Al efectuarle tacto y no teniendo suficiente dilatación la mandaron de nuevo a su casa recomendándole que caminara  y que volviera a la mañana siguiente.

Al día siguiente la paciente regresó al Hospital y volvieron los médicos de guardia del servicio de maternidad a hacerle tacto, constatando que “no había  dilatación suficiente” y expresándole que por ello no la podían dejar  internada. Asimismo controlaron los latidos del feto que según ellos están bien.

La  parturienta estuvo yendo y viniendo del hospital tres días seguidos –mañana y tarde- insistiendo constantemente en que la internaran. Sin embargo recibía de respuesta de parte de los médicos que no teníia dilatación suficiente para llevar a cabo el parto y la mandaban de regreso a su casa.

Al cuarto día de concurrencia la hospital fue atendida por una médica que le realizó tacto y dispuso monitoreo fetal y ecografía. Estos estudios demostraron que el feto, que hasta la noche anterior vivía, había fallecido.

Recién en esa oportunidad la internaron para inducir el parto y lograr la expulsión del feto por ese entonces ya muerto, oportunidad en la que se constató que las membranas estaban rotas, y que la madre padecía corioamnionitis, infección del líquido amniótico que se extiende a las membranas y que casi lleva a la muerte a la madre.

La defensa de los demandados fue que en ninguna de las circunstancias en que la madre había concurrido al Hospital había roto bolsa la paciente ni estaba en trabajo de parto.

En primera instancia se rechazó la demanda en forma arbitraria, pero en segunda instancia finalmente se condenó, pues se comprobó que había habido rotura de bolsa días antes, o sea la primera vez que concurrió la paciente, y que fue ello lo que determinó la muerte del bebé y  provocó una gran infección a la madre.

 

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